By Ty Cooper
La semana pasada, dos adolescentes del área de Labelle fueron acusados de realizar amenazas en línea, a través de Instagram, de muerte o lesiones corporales. El Estatuto de Florida 836.10 prohíbe las amenazas escritas o electrónicas de matar, causar lesiones corporales o cometer un tiroteo masivo. Tales amenazas se toman extremadamente en serio en el estado de Florida, como lo demuestra el hecho de que este cargo conlleva una pena máxima de quince (15) años de prisión y una multa de diez mil ($10,000) dólares. Una representación legal competente y celosa es imprescindible cuando se enfrenta a cargos penales tan graves.
Con la proliferación de las redes sociales, las amenazas en línea lamentablemente se han vuelto más frecuentes. Sin embargo, hay una multitud de defensas disponibles para desafiar los cargos contra estos adolescentes. Al igual que con cualquier amenaza digital realizada en línea, establecer cómo y por qué medios se rastrearon las presuntas amenazas y se relacionaron con los acusados debería ser una prioridad. El hecho de que las declaraciones se informaran a través de una aplicación de denuncia anónima brinda más campo de investigación y posibles problemas de la Cuarta Enmienda. Además, como ocurre con casi todos los delitos, el Estado tendrá que probar la mens rea, o la intención de los acusados y su estado mental. Es posible que las supuestas amenazas no hayan sido intencionales o que sean ambiguas: el Estado tendrá que probar la naturaleza de “amenaza real” de las declaraciones en línea.
El abogado defensor en estos casos también podría cuestionar la razonabilidad del temor o la alarma del receptor de la amenaza. Las amenazas en virtud del artículo 836.10 del Estatuto de Florida se analizan en el marco siguiente: ¿son las amenazas suficientes para alarmar a una persona razonablemente prudente? Si las declaraciones son veladas, ambiguas, dependen de algún otro evento o suceso, o no se interpretan razonablemente como una amenaza de muerte o de causar lesiones corporales, entonces el Estado no podrá cumplir con su elevada carga de la prueba más allá de una duda razonable sobre todos los elementos del delito.
Si usted o su ser querido están siendo acusados de cometer un delito, debe consultar con uno de nuestros Abogados de Defensa Penal, no dude en llamarnos al 352-GANA-4TU Estamos disponibles 24/7 y ofrecemos planes de pago.