Acoso sexual en el lugar de trabajo: Ley de empleo de Florida

Sexual El acoso puede incluir, entre otros, insinuaciones sexuales, bromas y/o burlas de naturaleza sexual, exposición no deseada a material de naturaleza sexual que no haya sido bien recibido por el empleado. El Título VII o la Ley de Derechos Civiles de 1964 rige el acoso sexual y, para estar bajo el Título VII, el empleador debe tener un mínimo de 15 empleados y puede solicitar empleados estatales, locales o federales. Ser víctima de acoso sexual en el lugar de trabajo puede ser una experiencia traumática y dramática; el acoso sexual puede hacer que un empleado se sienta impotente e impotente.

Acoso sexual en el lugar de trabajo: ley laboral en Florida

Acoso sexual y la conducta de discriminación sexual consiste en un comentario ofensivo, tocamientos no deseados u otro contacto físico, o cualquier tipo de exposición a una conducta sexual. Al prepararse para el reclamo por acoso, los empleados primero deben presentar su reclamo ante Equal Empleo Comisión de Oportunidades o una agencia estatal apropiada, luego deciden si son ellos quienes procesarán el caso ellos mismos o permitirán al sector privado el derecho a demandar.

Es muy probable que un empleador o supervisor sea responsable de una conducta que cree un entorno de trabajo hostil. Los daños adeudados por el empleador pueden incluir pagos atrasados ​​u otros daños asociados con el despido u otras acciones tomadas por el empleador. Si un empleado presentó una acoso reclamar contra su empleador, el Título VII prohibirá al empleador presentar un reclamo de represalias contra ese individuo y puede verse obligado a pagar acciones compensatorias y/o punitivas incluso por presentar un reclamo de represalias contra el empleado.

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