Comprensión de la posesión constructiva según la ley de Florida

Posesión real versus posesión constructiva:

Posesión real: En pocas palabras, posesión real significa que realmente tenía el contrabando ilegal sobre su persona.

Posesión constructiva: Por el contrario, Posesión Constructiva significa que usted poseía el contrabando ilegal, a pesar de que en realidad no estaba en su persona. Un concepto erróneo común de los acusados detenido Según las teorías de posesión constructiva es que usted realmente tiene que poseer el contrabando para que el estado le impute el delito. Si bien es cierto que la posesión implícita es un caso significativamente más sólido para el demandado, eso no significa que el estado no pueda probar su caso.

Esto es lo que el estado debe mostrar para demostrar la posesión constructiva:

Para probar posesión constructiva el Estado debe demostrar que el Demandado “pudo ejercer dominio y control sobre las drogas, sabía de su presencia y conocía su naturaleza ilícita. Tenga en cuenta que hay TRES REQUISITOS para resultar constructivo posesión. Ver Davis v. State, 761 So.2d 1154 (Florida, 2.º DCA 2000).

En Davis, el Tribunal del Segundo Distrito dio más detalles sobre estos requisitos. El Tribunal declaró: “La prueba de la mera proximidad del acusado a las drogas es insuficiente para sustentar una condena por posesión constructiva”. El Tribunal pasó a dar ejemplos de otros casos en los que la proximidad era insuficiente para establecer la posesión constructiva. Por ejemplo, el Tribunal citó Agee v. Estado, 522 Entonces.2d 1044 (Fla. 2º DCA 1988). Referenciar Edad, las Davis El tribunal dijo: “Incluso cuando se encontró a un acusado parado aproximadamente a un pie de una caja de cerillas que contenía 19 paquetes de heroína, las pruebas se consideraron insuficientes para resistir una moción de absolución”.

Donde se encuentra contrabando ilegal en público:

Existe un nivel de escrutinio aún mayor aplicado al Estado donde se encuentra el contrabando en un Lugar Público. Ver a Davis. los Davis Tribunal también citó a Tanksley contra el estado, 332 So.2d 76 (Fla 2.º DA 1976). tanksley fue otro excelente ejemplo de dónde la posesión constructiva no era sostenible debido a la naturaleza pública del caso. tanksley se utilizó en la opinión de Davis para enfatizar cómo la naturaleza pública de un delito puede afectar los argumentos de posesión constructiva.

En ttobillo, Se encontró una bolsa de papel a 15 pies de donde estaba sentado el acusado. Dentro de la bolsa de papel había heroína. Se realizaron pruebas de huellas dactilares que coincidieron con la Acusado. Sin embargo, la Corte dijo que la evidencia simplemente no era suficiente para sustentar un veredicto, porque había otras personas alrededor, y la evidencia no podía refutar todas las hipótesis razonables de inocencia. Específicamente, el Tribunal dijo que la evidencia no podía rechazar la posibilidad de que el Demandado tocara la bolsa y el sobre antes de que contuvieran heroína. Por tanto, la prueba fue insuficiente para establecer los elementos de posesión constructiva.

La posesión constructiva es una base de caso por caso:

Como puede ver, los tribunales analizan una serie de factores para determinar si una acusación de posesión constructiva puede sostenerse. Un buen abogado tiene un sólido conocimiento de la jurisprudencia y de su caso y puede ayudarle a demostrar cómo su caso coincide con otro caso clave que sea favorable a su situación específica.

Si usted o su ser querido necesitan información sobre Posesión Constructiva, Llamenos al 407-930-8912 para hablar con un profesional legal calificado o completar el formulario de contacto en esta página. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana, ofrecemos consulta inicial gratuita y planes flexibles. Además de nuestro Ubicación de Orlando, tenemos oficinas en las siguientes ciudades del estado de Florida:

* Orlando FL y Orange County: Recursos legales

Sirviendo Florida

Disponibles 24 / 7

Póngase en contacto con nosotros hoy!