Posesión constructiva
Comprensión de la posesión constructiva según la ley de Florida
Posesión real versus posesión constructiva:
En pocas palabras, posesión real significa que realmente tenía el contrabando ilegal sobre su persona.
Por el contrario, Posesión Constructiva significa que usted poseía el contrabando ilegal, a pesar de que en realidad no estaba en su persona. Un concepto erróneo común de los acusados
Según la teoría de la posesión indirecta, es necesario poseer físicamente el contrabando para que el Estado pueda imputarle el delito. Si bien es cierto que la posesión indirecta constituye un caso mucho más sólido para el acusado, esto no significa que el Estado no pueda probar su caso.
Esto es lo que el estado necesita demostrar para probar la posesión constructiva:
Para probar posesión constructiva
El estado debe demostrar que el acusado "era capaz de ejercer dominio y control sobre las drogas, conocía su presencia y conocía su naturaleza ilícita". Nótese que hay TRES REQUISITOS para probar la responsabilidad penal.
posesión.Ver Davis v. State,
761 So.2d 1154 (Fla. 2nd DCA 2000). En Davis, el Tribunal del Segundo Distrito profundizó en estos requisitos. El Tribunal declaró: "La prueba de la mera proximidad del acusado a las drogas es insuficiente para sustentar una condena por posesión indirecta". El Tribunal continuó dando ejemplos de otros casos en los que la proximidad fue insuficiente para establecer la posesión indirecta. Por ejemplo, el Tribunal citó
Agee v. Estado, 522 Entonces.2d 1044 (Fla. 2º DCA 1988). Referenciar Edad, <font dir="auto" style="vertical-align: inherit;">las </font> Davis
El tribunal declaró: "Incluso cuando se encontró a un acusado parado a aproximadamente un pie de una caja de cerillas que contenía 19 paquetes de heroína, se consideró que la evidencia era insuficiente para desestimar una moción de absolución".
Donde se encuentra contrabando ilegal en público:
Existe un nivel de escrutinio aún mayor aplicado al Estado donde se encuentra el contrabando en un Lugar Público. Ver a Davis. los
Davis Tribunal también citó a Tanksley contra el estado, 332 So.2d 76 (Fla 2.º DA 1976).tanksley
fue otro excelente ejemplo de dónde la posesión constructiva no era sostenible debido a la naturaleza pública del caso.
Se utilizó en la opinión de Davis para enfatizar cómo la naturaleza pública de un delito puede afectar los argumentos de posesión constructiva. En T
Se encontró una bolsa de papel a 15 pies de donde estaba sentado el acusado. Dentro de la bolsa de papel había heroína. Se realizaron pruebas de huellas dactilares que coincidieron con la
. Sin embargo, la Corte dijo que la evidencia simplemente no era suficiente para sustentar un veredicto, porque había otras personas alrededor, y la evidencia no podía refutar todas las hipótesis razonables de inocencia. Específicamente, el Tribunal dijo que la evidencia no podía rechazar la posibilidad de que el Demandado tocara la bolsa y el sobre antes de que contuvieran heroína. Por tanto, la prueba fue insuficiente para establecer los elementos de posesión constructiva.
La posesión constructiva es una base de caso por caso:
Como puede ver, los tribunales analizan una serie de factores para determinar si una acusación de posesión constructiva puede sostenerse. Un buen abogado tiene un sólido conocimiento de la jurisprudencia y de su caso y puede ayudarle a demostrar cómo su caso coincide con otro caso clave que sea favorable a su situación específica.
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