De pie para desafiar una búsqueda

¿Qué está en pie para desafiar una búsqueda??

En términos simples, cuando escuchas que una persona tiene de pie para desafiar una búsqueda, lo que eso significa es que la persona buscada está legalmente autorizada a impugnar la ilegalidad del registro. Una persona tiene capacidad para impugnar un registro sólo cuando tiene una expectativa razonable de privacidad en el objeto buscado. donde no hay expectativa razonable de privacidad en la cosa buscada, entonces la persona no está legitimada para impugnar una búsqueda.

De pie para desafiar una búsqueda

Consideremos algunos ejemplos:

Ejemplo de no tener derecho a impugnar una búsqueda: Digamos que la policía decide que van a registrar la casa de su amigo sin una orden judicial, solo por una corazonada (es decir, sin causa probable, sin orden judicial = claramente irrazonable según la 4ta Enmienda) y encuentran una bolsa de marijuana en su casa con tu nombre. La policía realiza una prueba de huellas dactilares en la bolsa y coincide con sus huellas dactilares.

Supongamos que luego obtienen una orden de arresto para su arresto basada en la marihuana posesión. Desafortunadamente tu no lo haría tiene derecho a desafiar esa búsqueda porque no es su casa y no tiene expectativas de privacidad en la residencia de otra persona. Por lo tanto, si fue a juicio, la marihuana podría presentarse en su contra como prueba, INCLUSO si el registro fue ilegal e irrazonable.

Ejemplo de posición para impugnar una búsqueda: Consideremos esa situación hipotética, pero no miremos la perspectiva de tu amigo. Supongamos que la policía no sólo encontró tu bolsa de marihuana sino también 500 kilos de heroína escondidos en la parte trasera de la casa. Tu amigo TENDRÍA EN PIE desafiar ESE registro e incautación porque es SU CASA y tiene un RAZONABLE EXPECTATIVA DE PRIVACIDAD en su propia casa.

La posición para desafiar la búsqueda se ha expandido: A lo largo de los años, los tribunales han desarrollado cada vez más lo que es una expectativa razonable de privacidad. Los casos que le dicen cuándo y cómo una persona de pie para desafiar una búsqueda son inmensos. Cada caso tiene hechos específicos y requiere un abogado experimentado que lo ayude a identificar la ley relevante y establecer el paralelo adecuado con su caso.

¿Se necesitan también actores gubernamentales?

En realidad no es una cuestión permanente, pero vale la pena discutir si el registro o la incautación fue una acción del “gobierno” cuando se habla de legitimación activa para impugnar un registro. Esto se debe a que el Requisito Permanente y el Elemento de “Acción del Gobierno” son componentes clave de control. Sin establecer ambos, no se trata de una violación válida de la Cuarta Enmienda y, por lo tanto, no se suprimirá ninguna evidencia. El requisito de que la búsqueda irrazonable sea una acción gubernamental o el producto de una acción gubernamental es un componente bastante sencillo. Específicamente, solo puede impugnar un registro como irrazonable según la Cuarta Enmienda si el registro fue realizado por el gobierno o alguien que actúa en nombre del gobierno.

Por ejemplo:, si la policía registra su automóvil y encuentra drogas, la policía que registra su automóvil cumple con el requisito de acción del gobierno y le permite argumentar que se violaron sus Derechos de la Cuarta Enmienda.

Sin embargo, si un ladrón Si registra su automóvil mientras está en la tienda, encuentra un montón de drogas, se convierte en un buen samaritano y lo denuncia a la policía, entonces no tiene el requisito de acción gubernamental y no puede impugnar el registro de su vehículo.

Para resumir: Debe tener (1) capacidad para impugnar una búsqueda; la posición se define como una expectativa razonable de privacidad; (2) Se requiere acción gubernamental; de lo contrario, no tiene una búsqueda de la Cuarta Enmienda y no puede impugnar una búsqueda irrazonable, sin importar cuán atroz sea.

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